CONDICIONES GENERALES
"SALDA TU SALDO"
I.INTRODUCCION:
La presente actividad promocional tiene como objetivo estimular el adecuado hábito de pago de los clientes de CREDIJAMAR S.A.
Participan entonces las personas naturales clientes de CREDIJAMAR S.A. que realicen pagos durante la vigencia de la actividad promocional.
II.DEFINICIONES:
En adelante se entenderá por:
Boleta electrónica: sistema electrónico secuencial y de carácter distintivo a reclamar por el cliente con el cual se acredita la expectativa de participar en el sorteo y reclamar el premio. Es intransferible y únicamente susceptible de reclamar por el cliente ante CREDIJAMAR S.A. La boleta electrónica se entrega posterior al pago de la cuota mediante mensaje de texto SMS, donde en cliente ingresará para activar sus consecutivos para el sorteo con las debidas garantías legales. Podrán contar con diferentes caracteres de acuerdo a la modalidad en que participe el cliente, pero que en todo caso garanticen la igualdad material de los clientes.
Cliente: (participante): toda persona, hombre o mujer, mayor de edad, que ostente el derecho de cliente de CREDIJAMAR S.A. según indica el acápite introductivo del presente reglamento.
Fecha de corte: datos registrados por los sistemas de facturación hasta el 31 de mayo de 2022.
Favorecido o favorecida: las personas naturales cuyas boletas resulten seleccionadas el día del sorteo y que para ser declarada como ganador, deber cumplir con el presente Reglamento y firmar el documento de aceptación y exoneración de responsabilidad a favor de CREDIJAMAR S.A.
Ganador o ganadora: las personas naturales que resulten favorecidas en el sorteo y que cumpla con todos los requisitos y acepte el premio por medio de los documentos elaborados para tal efecto. Solamente existirán veinte (20) ganadores individuales e irrepetibles de premios.
Base de datos: es el almacenamiento electrónico de todos los datos de los clientes que cumplen las condiciones del acápite introductivo del presente reglamento y que les otorga la posibilidad de participar en la actividad promocional durante el periodo vigente. Contiene información de las personas naturales clientes de CREDIJAMAR S.A. que realicen pago (s) de las cuotas de sus Créditos a través del sistema de financiación con CREDIJAMAR S.A.
La Actividad promocional aplica en las ciudades de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Bogotá, Sincelejo, Montería, Valledupar, Riohacha, Bucaramanga, Sabaneta y Medellin.
Premios: Los premios que se entregarán en la actividad promocional son veinte (20). Cada favorecido recibirá un bono por valor de 3 millones el cual se aplicará al saldo de la deuda con CREDIJAMAR S.A. Si el valor del saldo con CREDIJAMAR es inferior a tres millones de pesos se entrega la diferencia al favorecido en un bono de consumo.
III.VIGENCIA:
La presente actividad promocional es por tiempo limitado y se realizara entre los días 5 de Abril y 31 de mayo de 2022.
IV.CONDICIONES:
1.- Todo cliente que participe en la presente actividad promocional al ser tenedora de la (las) boleta (s) o reclame el premio, se presume que conoce este Reglamento y que acepta sus condiciones y restricciones. Para el eventual recibo del premio por parte del favorecido o favorecida, CREDIJAMAR S.A. entenderá que el reclamo del mismo, es una manifestación incontrovertible de que conoce y acepta este Reglamento y sus alcances, por lo que CREDIJAMAR S.A. podrá exigir al interesado que mediante documento escrito declare dicha manifestación y a su vez se adhiera por completo a todas y cada una de las cláusulas del presente reglamento. Si un cliente no se adhiere o no muestra voluntad de aceptar estas condiciones, CREDIJAMAR S.A. no aceptará ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.
2.- Durante el periodo en que la actividad promocional se encuentre vigente, la mecánica o procedimiento de participación será la siguiente:
a.- Participan todos los clientes que efectúen pagos, se coloquen o mantengan al día dentro de la vigencia de la actividad promocional y estén registrados en el portal de clientes de muebles Jamar. Todos los datos de los clientes, pasaran automáticamente a formar parte de la base de datos del sorteo.
b.- A partir de la información obtenida en la base de datos de CREDIJAMAR S.A.., por los pagos de los Créditos efectuado (s) por el sistema de financiación CREDIJAMAR S.A. por cada cincuenta mil pesos pagados entre los días 5 de Abril y 31 de mayo de 2022, los clientes tendrán derecho a una (1) boleta electrónica por cada cincuenta mil pesos cancelados y siempre que el cliente realice el pago de una o más cuotas durante la vigencia establecida. Solo se asignan boletas a los clientes que se encuentre al día con sus pagos. Para recibir la(s) boleta(S) electrónica(s) el cliente deberá realizar sus pagos en los almacenes de JAMAR o por otros canales y estar registrado en el portal de clientes de muebles Jamar. La carga para la participación le corresponde exclusivamente cliente.
c- Solamente existirán veinte (20) ganadores individuales e irrepetible, Durante la vigencia de la actividad promocional y en las fechas establecidas, cada viernes serán seleccionados mediante sorteo.
d.- La cancelación total de la (s) cuota (s) del crédito tratándose de compras a través del sistema Credijamar, no hará que el cliente pierda el registro en la base de datos, y por tanto, las boletas electrónica expedidas continuarán teniendo validez.
f.- Para participar y/o reclamar el premio los clientes deberán cumplir los demás requisitos indicados en el presente reglamento en el momento de la premiación.
V. SORTEO, CONFIRMACION, COMUNICACIÓN Y DIVULGACION:
1.- Los premios de esta promoción se sortearán en los siguientes días y cantidades:
FECHA | PREMIO | CANTIDAD |
---|
30/04/2022 | Bono de tres millones | 10 |
4/06/2022 | Bono de tres millones | 10 |
Los ganadores serán seleccionados mediante modulo aleatorio certificado por el delegado asignado por la secretaria de gobierno en la ciudad de Barranquilla o la entidad competente, mediante sistema que en todo caso garantice plena igualdad. Los sorteos se realizaran mediante la escogencia al azar de las boletas electrónicas generadas y consolidadas en el módulo de selección aleatoria y utilizando el sistema de inspección y vigilancia permitido por la Ley.
2.- Las personas favorecidas en el sorteo, igualmente serán contactadas por CREDIJAMAR S.A. vía telefónica para constatar sus datos y para determinar si cumple con los requisitos para ser declarada como ganadora. Si la persona favorecida no logra ser localizada en el transcurso de diez (10) días calendarios posteriores al sorteo, conforme a los datos que tenga registrados en CREDIJAMAR S.A. o no cumple con los requisitos reglamentarios para recibir el premio, se extinguirá la expectativa de su entrega.
CREDIJAMAR S.A. mediante acta de sorteo, podrá seleccionar clientes favorecidos principales y suplentes, para garantizar la definición de un participante que cumpla con los términos y condiciones del juego promocional, que sea contactado, que acepte el premio y lo que el mismo conlleva, para que luego sea definido como ganador y así proceder con la entrega efectiva del premio, sin necesidad de tener que solicitar autorización de una nueva fecha de sorteo, todo de conformidad a la respectiva autorización de COLJUEGOS.
3.- De la entrega del premio, se dejará constancia al ganador o ganadora en forma personal en las oficinas de CREDIJAMAR S.A. ubicada en la calle 36 No. 39-66 de la ciudad de Barranquilla. El premio cuenta con las condiciones y limitaciones indicadas en este Reglamento a las cuales deberán adherirse los favorecidos para poder ser declarados como ganadores. Al mismo, serán realizados los descuentos que sean del caso por ministerio de la Ley, en general por concepto tales como impuestos (como por ejemplo ganancia ocasional), tasas, retenciones, deducciones, etc.
4.- La entrega del premio estará condicionada a la verificación de que el favorecido o favorecida hubiese estado al día con el pago de sus cuotas; y adicionalmente, acepte el premio con todas sus condiciones y limitaciones indicadas en este reglamento y en la Ley. En el mismo sentido, tratándose de Necesariamente deberán firmar el documento de aceptación del premio y de exoneración de responsabilidad a favor de CREDIJAMAR S.A. y eventualmente CREDIJAMAR S.A., para poder ser declarado como ganador.
5.- El hecho de que una persona haya sido declarada como favorecida, pero CREDIJAMAR S.A. detecte que se encontraba en alguna circunstancia que no le permita entregarle el premio, como por ejemplo no estar al día con su compromiso de pago, hará que la condición de favorecido desaparezca y CREDIJAMAR S.A. no se verá en la obligación de entregar el premio.
6.- El resultado del sorteo, así como las condiciones, se dará a conocer en el sitio Web, cuya dirección electrónica es www.pagaygana.co; sin perjuicio de que CREDIJAMAR S.A. Pueda utilizar cualquier tipo de declaración y medio de comunicación adicional resumida, tales como extractos y/o avisos de prensa o en su red de oficinas.
7.- El reglamento vigente de la promoción estará expuesto y podrá ser consultado libremente, mientras la promoción está vigente, en la página Web, en las direcciones: www.pagaygana.co.
VI. CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL PREMIO:
1.- Para iniciar el proceso de reclamación del premio, el favorecido o favorecida debe presentar ante CREDIJAMAR S.A.., en el transcurso de los diez (10) días calendarios siguientes al sorteo con cédula de ciudadana, la acreditación y pago de los impuestos y retenciones que fueren aplicables. La recepción del acta de entrega del premio será en forma personal, previa constatación de los requisitos aquí exigidos y no se aceptarán representantes o apoderados.
2.- El premio se entregará personalmente al cliente ganador y le corresponderá al mismo cliente ganador asumir la retención en la fuente por el ingreso tributario obtenido por el premio o ganancia ocasional, acreditando tal hecho mediante la(s) respectiva(s) consignación(es) bancaria(s).
3.- El premio será materialmente entregado por CREDIJAMAR S.A., y así se dejará constancia, dentro de un plazo no mayor a los treinta (30) días calendarios siguientes contados a partir de la celebración del sorteo, en todo caso previa acreditación de los requisitos señalados en el numeral anterior y la expedición del Certificado que acredita el carácter de ganador o ganadora, en el domicilio registrado en la base de datos.
4.- En caso que el ganador o ganadora no reclame debidamente su premio dentro de los diez (10) días calendarios siguientes al sorteo, se aplicarán las disposiciones legales, en la fecha, la Ley 1393 de 2010, artículo 12, donde contará con un (1) año para reclamar su premio a partir de la fecha de la realización del sorteo.
VII. ASPECTOS GENERALES:
1.- La publicidad y los derechos de autor de la presente promoción son propiedad exclusiva de CREDIJAMAR S.A.
2.- La participación de los menores de edad no está autorizada en la presente actividad promocional.
3.- El aprovechamiento indebido de la actividad promocional por clientes o terceros mal intencionados, hará que el sorteo no sea tomado en cuenta, todo de conformidad con lo que se establece en el presente reglamento y la Ley 643 de 5001.
4.- Sera especial causa para abstenerse a entregar el premio por parte de CREDIJAMAR S.A.., que el favorecido o favorecida, aparezca en alguna lista de control tales como la Lista Clinton, Patriot Act., Ofac del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos de Norteamérica, o en general cualquiera formulada para el control y prevención del lavado de activos y/o financiación al terrorismo.
5.- El ganador reconoce y acepta los términos y condiciones del concurso y autoriza a CREDIJAMAR S.A. para hacer uso de sus datos personales con el fin de incluirlos dentro de la base de datos de CREDIJAMAR S.A., y/o a sus agencias de publicidad, con el fin de enviar información comercial referente a las actividades que CREDIJAMAR S.A. desarrolla o futuras promociones de cualquiera de sus marcas.
6.- Los ganadores autorizan a CREDIJAMAR S.A. a captar, utilizar y reproducir su imagen para fines publicitarios y/o comerciales en los medios y formas que para tal efecto CREDIJAMAR S.A. y/o sus agencias publicitarias utilicen, sin que por ello el ganador o los ganadores tengan derecho a compensación alguna.
7.- El premio es intransferible y no podrá ser canjeado por dinero en efectivo o permuta, ni ser reclamado por terceros. El ganador deberá asumir los impuestos de renta ocasional y similar si los hubiere.
8.- Sin perjuicio de la integridad del presente Reglamento, podrá ser difundido a través de resúmenes ilustrativos de sus aspectos más importantes.
9.- El presente sorteo promocional se encuentra debidamente autorizado por medio de la Resolución 20221200006184 de fecha 23 de marzo de 2022 expedida por COLJUEGOS.